En mi artículo titulado Una Revisión a la Protección de las Marcas Notoriamente Conocidas y Famosas en México, expresé mis reservas respecto del procedimiento ad hoc para el reconocimiento de marcas como notoriamente conocidas o famosas en México, introducido en la Ley de la Propiedad Industrial a través de la reforma a la Ley de la Propiedad Industrial de 2005, y a las bondades que dicho mecanismo ofrece para la protección efectiva de ese tipo de signos distintivos.
En mi opinión, la declaratoria de marca famosa o notoriamente conocida exige una inversión de recursos desproporcionada a los beneficios reales que conlleva, lo cual evidentemente desalienta a los potenciales interesados. En estas circunstancias, no es de extrañar que existan pocas solicitudes de reconocimientos ad hoc de marca famosa o notoriamente conocida.
No obstante lo anterior, y desde que escribí el artículo a que hice referencia en el primer párrafo de esta entrada, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial ha emitido un pequeño número de reconocimientos de notoriedad de marca o de marca famosa a través del mecanismo ad hoc introducido a la Ley de la Propiedad Industrial en 2005 (Ver lista actualizada a enero de 2013 y la lista actualizada al 2018).
Marcas declaradas famosas conforme el procedimiento ad hoc:
Marca: “ANDREA”
Fecha de resolución: Noviembre 4, 2008
Número de solicitud. 2197/2007.
Titular: Fábricas de Calzado Andrea, S.A de C.V.
Estado: Famosa
Marca: “CINÉPOLIS”
Fecha de resolución: Noviembre 20, 2008
Número de solicitud 1256/2008
Titular: Cinemas de la República, S.A. de C.V.
Estado: Famosa
Marca: “INTEL”
Fecha de resolución: Julio 31, 2009
Número de solicitud 1577/2008
Titular: Intel Corporation
Estado: Famosa
Marca: “RED BULL”
Fecha de resolución: Febrero 19, 2010
Número de solicitud. 2284/2008
Titular: Red Bull GmbH
Estado: Famosa
Marca: “MARINELA”
Fecha de resolución: Marzo 12, 2010
Número de solicitud 103/2009
Propietario: Grupo Bimbo, S.A.B. de C.V.
Estado: Famosa
Marca: “GANSITO”
Fecha de resolución: Marzo 12, 2010
Número de solicitud: 101/2009
Titular: Grupo Bimbo, S.A.B. de C.V.
Estado: Famosa
Marca: “BIMBO”
Fecha de resolución: Abril 23, 2010
Número de solicitud 100/2009
Titular: Grupo Bimbo, S.A.B. de C.V.
Estado: Famosa
Marcas declaradas notoriamente conocidas conforme el procedimiento ad hoc:
Marca: “BARCEL”
Fecha de resolución: Marzo 22, 2010
Número de solicitud: 102/2009
Titular: Grupo Bimbo, S.A.B. de C.V.
Estado: Notoriamente conocida
Marca: “RICOLINO”
Fecha de resolución: Abril 5, 2010
Número de solicitud: 104/2009
Titular: Grupo Bimbo, S.A.B. de C.V.
Estado: Notoriamente conocida
Marca: “PRITT”
Fecha de resolución: June 30, 2010
Número de solicitud: 638/2009
Titular: Henkel AG & Co. EGAA
Estado: Notoriamente conocida
Desde luego, las dos listas anteriores no incluyen todas las marcas que han sido declaradas o que pueden ser actualmente estimadas como notoriamente conocidas o famosas en México. Las listas que aquí se proporcionan se limitan a las marcas que han sido declaradas, hasta el 5 de agosto de 2010, como notoriamente conocidas o famosas en nuestro país mediante el procedimiento ad hoc que contempla el artículo 98 bis-1 de la Ley de la Propiedad Industrial (Actualización agosto 2019: A partir de la reforma de mayo de 2018, el proceso ad hoc esta contemplado en el artículo 98 Ter 1). Existen otras marcas que han sido declaradas como notoriamente conocidas (supongo que famosas también, pero desconozco algún caso concreto) como producto de acciones de nulidad o de infracción, o simplemente porque el examinador del IMPI estimó, al momento de efectuar el examen de fondo de alguna solicitud de registro de marca, que determinado signo distintivo debía ser considerado como notoriamente conocido o famoso, aún en ausencia de una declaratoria expresa anterior por parte del Instituto.
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Nadie discute que uno de los activos de mayor valor que puede tener una empresa una empresa o compañía es su marca o nombre. Por ello resulta esencial evaluar ciertos aspectos al momento de establecer cómo se va a llamar la empresa o negocio teniendo presente que el concepto de “marca comercial” está definido en la ley.